¿Qué es el SIROC y para qué sirve?

noviembre 22, 2022


El SIROC es el Sistema Integral de Registro de Obras de la Construcción, una aplicación elaborada por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que facilita al patrón dedicado a la construcción cumplir con lo estipulado en el Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado. 

El SIROC es obligatorio desde el 1 de septiembre de 2017 para todos los patrones que se dedican a la construcción, reemplazando así a la anterior herramienta llamada SATIC. 

¿Quién está obligado a registrar una obra de construcción en el SIROC?  

De conformidad con el artículo 5 del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, están sujetos a la obligatoriedad de dar de alta una obra de construcción, sus etapas e incidencias:  

  • El propietario, que es la persona física o jurídica que tiene el derecho legal sobre un inmueble. 
  • El contratista, que es la persona física o jurídica contratada directamente por el propietario para supervisar y dirigir la ejecución de una obra especializada, incluyendo los trabajos realizados por los subcontratistas. 
  • El subcontratista, que es la persona física o jurídica que por contrato asume el compromiso con el contratista y el propietario de realizar ciertas fases de la obra. 
  • El intermediario, que es la persona que intermedia en la contratación de mano de obra para prestar servicios a un empresario. 

¿Es preceptivo inscribir una obra en el SIROC? 

El artículo 12 del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado establece que los empleadores están obligados a: 

  1. Registrar ante el IMSS el tipo de obra, su ubicación y los trabajos a realizar, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de inicio de la obra.  
  1. Reportar los incidentes que se presenten en la obra.
  1. Disponer de un registro patronal por cada municipio donde se ubique el centro de trabajo, tal y como se menciona en el artículo 13 del Reglamento de la Ley de la Seguridad Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación e inspección. 

¿Qué requisitos se exigen para dar de alta una obra o incidencia en el SIROC? 

El empleador a cargo de la obra debe: 

  1. Estar registrado ante el SAT (Servicio de Administración Tributaria). 
  2. Contar con firma electrónica (en caso contrario, se deberá solicitar una cita con el SAT para obtenerla).  
  3. Tener el Registro Patronal vigente ante el Instituto y que corresponda a la circunscripción subdelegacional de la ubicación de la obra. 

¿Qué obligaciones legales establece el SIROC? 

1) Registrar y dar de alta a los trabajadores ante el IMSS, así como comunicar las altas, bajas y modificaciones salariales en un plazo no mayor a cinco días. 

2) Llevar los registros y listados de nómina que contengan el número de días trabajados, los salarios percibidos por los trabajadores y los datos exigidos por la Ley del Seguro Social y su reglamento. 

3) Determinar las cuotas obrero-patronales y pagarlas al Instituto. 

4) Los empleadores que se dediquen en forma permanente o esporádica a la actividad de la construcción deberán: 

1. Emitir y entregar a cada trabajador un registro escrito del número de días trabajados y de los salarios percibidos, semanal o quincenalmente. 

2. Pagar las cuotas obrero-patronales

5) Cumplir con los requisitos establecidos en la normativa para la emisión de constancias de días trabajados, registros de nómina o listados específicos para empresas constructoras. 

¿Qué documentación hay que presentar para acreditar el cumplimiento del SIROC? 

  • El Registro de la obra y su ubicación. 
  • El Aviso de subcontratación (contratista y subcontratista). 
  • La relación mensual de trabajadores que intervienen en la obra y sus días trabajados. 
  • La comunicación de las incidencias de la obra (suspensión, reanudación, anulación y finalización). 

¿Cuáles son las consecuencias de no registrarse en el SIROC? 

Sin el registro no es posible presentar los informes bimestrales, lo que implica grandes sanciones económicas por incumplimiento e incluso el cierre de la obra

¿Controlas si tus prestadores de servicios cumplen con sus obligaciones legales con el SIROC?  

Son muchas las empresas patronas y contratantes que tienen que controlar que sus contratistas registran las obras en el SIROC. Para evitar responsabilidades solidarias, sanciones y multas. Esto ha hecho que se incremente la carga administrativa y laboral en los departamentos laborales.   

Existen plataformas digitalizadas que automatizan las tareas de gestión documental con los prestadores de servicios.